La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires volvió a cuestionar el límite de 50 años establecido para quienes buscan ingresar a la docencia como titulares y exhortó al Poder Ejecutivo y a la Legislatura bonaerense a revisar o derogar la norma.
La decisión fue tomada en la causa iniciada por Elizabeth Rosana Pérsico, una docente de 54 años a quien se le había impedido inscribirse en los listados oficiales para el ciclo lectivo 2026 por superar la edad máxima prevista en el artículo 57 inciso “e” de la Ley 10.579, conocida como Estatuto Docente.
El máximo tribunal provincial declaró nuevamente la inconstitucionalidad de esa disposición y consideró que establecer un límite de edad de manera general resulta incompatible con los principios de igualdad y dignidad que garantiza la Constitución.
La Corte señaló que la edad, por sí sola, no permite determinar la capacidad o idoneidad de una persona para ejercer la docencia. En ese sentido, entendió que la normativa genera una diferencia de trato que no cuenta con una justificación constitucional suficiente.
El fallo también pone el foco en la reiteración de decisiones judiciales contra la misma norma. Según recordó la propia Corte, existen antecedentes desde hace más de dos décadas en los que se cuestionó el límite etario para el ingreso a la carrera docente.
Ante esta situación, el tribunal exhortó al Poder Ejecutivo y a la Legislatura provincial a que, dentro de un plazo razonable, analicen y definan el futuro del artículo cuestionado, ya sea mediante su revisión o directamente a través de su derogación.
La resolución no elimina por sí misma el artículo del Estatuto Docente, pero vuelve a marcar que su aplicación para impedir el ingreso a la docencia por superar










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